Glosario de términos
A
- Accesorios originales
- Son accesorios originales todos aquellos equipos o aditamentos especiales que posee el vehículo original desde la planta ensambladora.
- Accesorios no originales
- Son accesorios no originales aquellos equipos o aditamentos especiales instalados en el vehículo asegurado, que no posea el vehículo desde la planta ensambladora y que le sean incorporados con posterioridad (equipos de sonido, winches, rines u otros).
- Accidente
- Suceso violento, súbito, externo y ajeno a la intencionalidad del tomador o del asegurado, que le cause a este último lesiones corporales.
- Accidente de trabajo
- Accidente que un trabajador por cuenta ajena sufre en ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta.
- Accidente en el trayecto
- Accidente de trabajo que se produce yendo al trabajo o volviendo de él.
- Actuario
- Persona licenciada en Ciencias Económicas, cualificado para solventar cuestiones de índole financiera, técnica, matemática y estadística, relativas a las operaciones de seguros.
- Actuarial (ciencia)
- Es la parte de la matemática que estudia la teoría de las operaciones propias de las empresas de seguros así como los principios y métodos para resolver las cuestiones estadísticas y financieras que se relacionan con aquellas operaciones.
- Afianzado
- Persona natural o jurídica, cuya actuación u obligación son el objeto de la fianza. También se llama deudor, obligador o principal.
- Afianzar
- Prestar una garantía o aval en favor de otra persona para garantizar determinados intereses o derechos o asegurar el cumplimiento de una obligación.
- Agente de seguros
- Persona que actúa como intermediario entre el asegurado y la aseguradora y que se ocupa de comercializar productos y servicios de seguros y asesoría al cliente.
- Agravación del riesgo
- Es la modificación o alteración del riesgo asegurado con un uso diferente al indicado en la póliza del seguro, aumentando la posibilidad de un accidente o peligrosidad de un evento.
- Alcance del seguro
- Conjunto de riesgos cubiertos, con los límites de cobertura, exclusiones, límite territorial y vigencia definidos en las condiciones del contrato.
- Altas
- Informe o participación que hace el asegurado en los seguros colectivos, a fin de que sea incorporada al plan de protección contratado, alguna persona que inicialmente no estaba incluida.
- Análisis del riesgo
- Instrumento técnico de que se vale la compañía aseguradora para lograr el adecuado equilibrio en sus resultados. Incluye selección, ponderación y previsión de riesgos.
- Anexo
- Documento que se añade al contrato de seguro, del cual forma parte, firmado por el asegurador y el tomador, en el cual consta cualquier modificación que se realice en la póliza.
- Antiselección
- Situación que se produce cuando en un conjunto de pólizas se integran riesgos de siniestralidad probable, superior a la técnicamente prevista como equilibrada.
- Anulación
- Extinción de un contrato de seguro por voluntad de una de las partes, basada en circunstancias legales.
- Arbitraje
- Decisión de una cuestión o un conflicto jurídico por parte de una o diversas personas que no son jueces ordinarios ni actúan tampoco como órganos del poder judicial.
- Asalto y atraco
- Acto de apoderarse ilegalmente del vehículo asegurado contra la voluntad del asegurado, utilizando la violencia física o la amenaza de causar daños graves inminentes a las personas.
- Asegurado
- Persona natural expuesta a los riesgos cubiertos y amparada por esta póliza.
- Asegurado titular
- Persona indicada con este carácter en el cuadro póliza recibo, quien ejerce los derechos de los asegurados ante el asegurador.
- Autoseguro
- Situación en la que una persona soporta con su patrimonio las consecuencias económicas derivadas de sus propios riesgos. Se constituye ella como su propio asegurador.
- Aumento de prima
- Incremento en el precio del seguro que, en concepto de contraprestación, debe pagar el asegurado a causa de una agravación del propio riesgo, o una modificación de la tarifa aplicable.
B
- Baremo
- Relación detallada de diversos conceptos con sus costos adecuadamente clasificados para su consulta.
- Bienes
- Es el calificativo jurídico dado a las cosas.
- Bases técnicas
- Documentación emitida por el actuario de una aseguradora que establece el objeto del seguro, la forma de cálculo de la prima, los recargos, los gastos de administración y adquisición y las provisiones técnicas.
- Beneficiario
- Persona que tiene el derecho de recibir el pago de la indemnización a que hubiere lugar.
- Broker
- Término anglosajón que es sinónimo de corredor de seguros o reaseguros.
- Buen padre de familia
- Modelo de conducta al que se hace referencia para indicar el cuidado y diligencia con que se debe actuar en la utilización y administración de los bienes o de un servicio.
- Buena fe
- Principio básico y característico de todos los contratos que obliga a las partes a actuar entre sí con la máxima honestidad, no interpretando arbitrariamente el sentido recto de los términos convenidos.
C
- Caducidad
- Constituye la pérdida de un derecho a título de pena por el no ejercicio de los derechos del asegurado en los plazos fijados.
- Caducidad (de póliza)
- Denominación utilizada cuando por la existencia de determinadas circunstancias previstas, dejan de surtir efectos las garantías contenidas en el contrato.
- Cancelación
- Es la rescisión de los efectos de una póliza prevista en el contrato de seguros ya sea por decisión unilateral o por acuerdo mutuo.
- Capital asegurado
- Cantidad establecida en las condiciones de la póliza para cada una de las garantías, que representa el importe límite máximo de indemnización.
- Cartera
- Conjunto de operaciones de seguros o reaseguros de una entidad o de un mediador referido a un período determinado.
- Casco
- Estructura externa e interna de un vehículo de uso terrestre.
- Caso fortuito
- Se define como el proveniente de la naturaleza, que no se ha podido prevenir o, previsto, no ha podido evitarse.
- Catástrofe
- Acontecimiento desastroso que provoca daños muy importantes.
- Categoría del riesgo
- Lugar que ocupa un riesgo dentro de una clasificación de riesgos.
- Causalidad
- Significa que las pérdidas deben haber sido causadas por determinados eventos amparados por una póliza de seguros.
- Cláusulas generales
- Son aquellas cláusulas que por su naturaleza, tipo o finalidad permiten su uso común o general en los distintos modelos de pólizas registrados.
- Cobertura
- Es el compromiso y deber de una compañía de seguros mediante el contrato de seguro, de cubrir los riesgos determinados en el mismo.
- Cobertura daño a cosas
- Te ampara de los daños que puedas ocasionar a bienes muebles e inmuebles de terceros o externos.
- Cobertura daño a personas
- Te protege de posibles lesiones corporales que pueda sufrir algún tercero o externo por alguna acción involuntaria.
- Condiciones particulares
- Aquellas que contemplan aspectos concretamente relativos al riesgo que se asegura.
- Conductor
- Persona natural debidamente facultada por la ley para manejar un vehículo, autorizada por el tomador para conducir el vehículo asegurado.
- Contrato
- Es un acto comercial y jurídico entre dos o más partes mediante el cual se comprometen cada uno a cumplir con obligaciones determinadas, así como adquieren derechos.
- Costo de reposición a nuevo
- Se entiende cuando todos o determinados renglones de los bienes se aseguran sobre la base de sus costos de reposición a nuevo, sin depreciación alguna.
- Cuadro póliza recibo
- Documento en el que se indica como mínimo: número de póliza, identificación del asegurador, tomador, asegurados, riesgos cubiertos, suma asegurada, prima y vigencia.
D
- Daño
- Perjuicio causado a una persona o a una cosa en sus intereses, su salud, su valor o su estado.
- Daños a terceros
- Daño que afecta a terceras personas a causa de un acto del asegurado.
- Daños maliciosos
- Daños ocasionados por cualquier persona o grupo de personas, ocurrido durante la alteración del orden público.
- Daño parcial
- Daños causados al vehículo asegurado por la ocurrencia de un siniestro que no lo destruye por completo.
I
- Incendio
- Destrucción total o parcial de los objetos asegurados por la acción de las llamas, las cuales no estaban destinadas a ser distribuidas de esa manera en ese momento.
- Incertidumbre
- El desconocimiento acerca de cuándo un hecho o suceso va a ocurrir, así como su duración o intensidad.
- Indemnización
- A los efectos se entiende por «indemnización» la suma que debe pagar la empresa de seguros en caso de que ocurra un siniestro cubierto por la póliza.
- Índice de siniestralidad
- Es la expresión numérica y porcentual de la relación existente entre el monto de los siniestros en una póliza o cartera, y las primas que dichos contratos generaron.
- Indisputabilidad
- Beneficio a favor del asegurado en virtud del cual el asegurador renuncia a partir de un plazo prudencial a ejercer argumentos o excepciones derivadas de omisiones excusables.
- Infraseguro
- Se entiende por «infraseguro» cuando la suma asegurada es inferior a la suma total de los valores a riesgo real.
- Interés asegurable
- Uno de los principios básicos de la institución del seguro, define el interés de que el siniestro no ocurra para la preservación del bien.
P
- Plazo de gracia
- Es el período de tiempo durante el cual surten efectos las coberturas de la póliza en caso de siniestro, aunque no se haya cobrado el recibo de la prima.
- Preexistencia
- Enfermedad ya existente al momento de contratar un seguro.
- Prescripción
- Pérdida de vigencia o eficacia de un derecho u acción como consecuencia de haber dejado pasar el plazo que la ley determina para su ejercicio.
- Prima
- Contraprestación que, en función del riesgo, debe pagar el tomador al asegurador en virtud de la celebración del contrato.
- Prótesis
- Dispositivo o aparato diseñado para reemplazar una parte faltante del cuerpo o para hacer que una parte trabaje mejor.
R
- Ramo
- Modalidad o conjunto de modalidades de seguro relativas a riesgos de características o naturaleza semejantes (ramo de vida, incendio, automóviles, etc.).
- Reasegurado
- El que cede un riesgo en reaseguro a un reasegurador. Sinónimo de cedente y equivalente de asegurador.
- Reasegurador
- Grupos o empresas que aceptan los riesgos inicialmente contratados por los aseguradores.
- Reaseguro
- Es un método mediante el cual un asegurador original distribuye sus riesgos traspasándolos total o parcialmente a otro asegurador a objeto de reducir pérdidas.
- Recibos de primas
- Documento por el que una compañía aseguradora reconoce haber percibido del asegurado las primas correspondientes al período.
- Reclamo
- Demanda de indemnización que, en virtud de un contrato suscrito, se plantea a un asegurador.
- Reglamentos
- Son decretos emanados del Poder Ejecutivo para reglamentar total o parcialmente una ley, sin alterar su espíritu, propósito o razón.
- Rehabilitación (de la póliza)
- Acto por el que, desaparecidas las circunstancias que motivaron la suspensión de efectos de una póliza, las garantías de ésta vuelven a adquirir plena vigencia.
- Renovación automática
- Es el acuerdo entre las partes por el cual el seguro se prorroga tácitamente por un nuevo período de vigencia.
- Renta
- Suma que satisface un asegurador a una persona (rentista) en vencimiento periódico, a cambio de un capital o de una prima entregada.
- Rescate
- Operación característica de algunas modalidades de seguro de vida, en virtud del cual el asegurado percibe de su asegurador el importe correspondiente a su provisión matemática.
- Reservas técnicas
- Se consideran reservas técnicas las reservas matemáticas, de riesgos en curso, siniestros pendientes de pago, ocurridos y no reportados, y riesgos catastróficos.
- Reticencia
- Toda declaración falsa o no declaración de circunstancias conocidas por el asegurado que de haberse conocido hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones.
- Riesgo
- Es el suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, asegurado o beneficiario, y cuya materialización da origen a la obligación de la empresa.
- Robo
- Acto de apoderamiento ilegal y desaparición del vehículo asegurado o de alguno de sus accesorios, empleando medios violentos y dejando huellas visibles.
S
- Salvamento
- Se da el nombre de salvamento a lo que resta de los bienes asegurados después del siniestro y que tenga valor económico para las partes contratantes.
T
- Tarifa
- Es el instrumento mediante el cual se determina el pago de una prima en función del tipo de seguro y riesgo.
- Tasa de prima
- Es el tanto por ciento o por mil que se aplica a cada uno de los valores asegurados para obtener la prima de riesgo.
- Tercero
- Toda persona que resulta afectada por acciones del asegurado que generan situaciones de responsabilidad.
- Terminación del seguro
- Se refiere al hecho que pone fin a la vigencia del contrato de seguro, ya sea por plazo, no pago, siniestro o decisión de partes.
- Terremoto
- Es un fenómeno propio de la naturaleza, consiste en perturbaciones o sacudidas súbitas originadas en el interior de la tierra.
- Terrorismo
- Actos criminales con fines políticos, concebidos o planeados para provocar un estado de terror en la población que son injustificables.
- Tomador
- Persona natural o jurídica que obrando por cuenta propia o ajena, contrata el seguro con la aseguradora y asume las obligaciones.
V
- Vicio oculto
- Defecto interno de un objeto, no distinguible a primera vista y del cual el asegurador no es responsable.
- Vicio propio
- Defecto de calidad que la cosa normalmente no debiera tener. El seguro tiene por objeto indemnizar pérdidas por causas externas, jamás por defectos inherentes a su naturaleza.
- Vida (seguro de)
- Contrato por el cual la compañía aseguradora conviene en pagar a los beneficiarios una suma estipulada a la muerte del asegurado o al vencimiento, a cambio del pago de una prima.


