Coberturas básicas
Bajo esta cobertura están contemplados los daños propios del vehículo asegurado, tanto por pérdida total, como las perdidas parciales del automóvil.
Desaparición del vehículo asegurado a causa de Sustracción Ilegítima (por Robo, Hurto, Asalto o Atraco) o cuando el daño causado al vehículo, como consecuencia de un siniestro cubierto por este contrato, ocasiona la destrucción absoluta del mismo, incluyendo los accesorios que forman parte del valor convenido, dejándolo inservible de manera permanente o no recuperable, o cuando los números de identificación vehicular, serial de carrocería o serial de motor hayan sido alterados o sean de dudosa identificación.
Coberturas adicionales
Esta cobertura ampara la pérdida o destrucción a causa de robo, hurto o el intento de cometer tales actos de los accesorios instalados en el vehículo, siempre que el vehículo no sea robado o hurtado. (Radio, reproductor, CD, tasas, etc.)
Bajo esta cobertura la empresa se obliga a indemnizar la perdidas parciales o totales sufridas al vehículo asegurado, que ocurran a consecuencia de hechos perpetrados por personas que toman parte activa en motines, disturbios populares, disturbios laborales o daños maliciosos.
Se indemnizará al asegurado en caso de quedar éste privado del uso del vehículo asegurado como consecuencia directa y única de robo, asalto, atraco o hurto, la cantidad diaria indicada en el cuadro de la póliza, desde el día en que se realice la notificación del siniestro hasta que el vehículo se recupere o se efectúe la indemnización de la suma asegurada, lo que ocurra primero, hasta un máximo de 60 días.
Contamos con un servicio de asistencia en viajes que opera las 24 horas los 365 días del año. Servicio que aplica al vehículo asegurado o sus ocupantes, en caso de avería o accidente, en la residencia del conductor habitual o en cualquier recinto privado, en la ciudad de residencia, en la vía pública dentro de la ciudad de residencia, en vías interurbanas o ciudades distintas a la ciudad de residencia.
Como adquirirlo
Casco y Responsabilidad Civil
- Consulta a tu Asesor de Seguros o dirígete a la oficina más cercana de Seguros Caroní, S.A.
Descarga y llena la «Solicitud de Seguro de Vehículos Terrestres» visitando los siguientes enlaces:
- Entrega la Planilla «Solicitud de Seguro de Vehículos Terrestres» y los recaudos a tu Asesor de Seguros o en nuestra oficina más cercana.
- Realiza el pago de la prima correspondiente con tu Asesor de Seguros o en cualquiera de nuestros centros de Atención.
En Caso de Siniestros Automóvil Casco
Al ocurrir cualquier siniestro el Tomador, Asegurado o Beneficiario, salvo causa extraña no imputable, deberá:
- Tomar las providencias necesarias y oportunas para evitar que sobrevengan pérdidas ulteriores
- Dar aviso al Asegurador dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que tuvieron conocimiento de su ocurrencia.
- Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de aviso del siniestro, poner a disposición del asegurador el vehículo asegurado para efectuar el ajuste de los daños correspondientes al siniestro reclamado.
- Proporcionar al Asegurador dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de aviso del siniestro, los siguientes recaudos:
- Declaración de Siniestro, conforme a la planilla suministrada por el Asegurador.
- Carta amplia explicativa del siniestro.
- Copia Certificada de las Actuaciones de Tránsito con sus respectivas versiones, Croquis y Experticia de Daños, de ser el caso.
- Informe del Cuerpo de Bomberos, de ser el caso.
- Fotocopia de la Cédula de Identidad del Propietario del vehículo asegurado.
- Fotocopia de la Cédula de Identidad, Certificado Médico vigente, y Licencia vigente del Conductor del vehículo al momento del siniestro.
- En caso de muerte del Propietario: Originales del Acta de Defunción y de la Declaración de Únicos y Universales Herederos.
- Original de la denuncia ante las autoridades competentes de ser necesario, de acuerdo con la naturaleza del siniestro.
- Carta de autorización para conducir el vehículo asegurado, en el supuesto de que se trate de un conductor ocasional.
- Factura Original de reparación o reposición, de ser procedente.
Para el caso de Pérdida Total, suministrar adicionalmente:
- Original del Título de Propiedad.
- Trimestres cancelados a la fecha.
- Llaves del vehículo (originales y copias)
- Si el vehículo posee una reserva de dominio, carta del saldo deudor emitida por el otorgante del crédito.
- Si la reserva de dominio se encuentra pagada, carta de liberación emitida por el otorgante del crédito.
- Carta de disposición de los restos firmada por el Asegurado o Beneficiario.
- En el supuesto de desaparición por Sustracción Ilegitima (robo, hurto, asalto o atraco), suministrar adicionalmente original de la denuncia ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C)
En caso de que la propiedad del vehículo sea de una persona jurídica, suministrar adicionalmente:
- Copia del Registro Mercantil.
- Copia de la Última Acta de Asamblea.
- Copias de la (s) Cédula (s) de Identidad de la (s) persona (s) facultada (s) por la Empresa para realizar traspasos de bienes muebles.
- Copia del Registro de Información Fiscal (R.I.F.)
El Asegurador podrá solicitar al Asegurado, sólo en una (1) oportunidad, en función de la información suministrada, nuevos recaudos para la evaluación del siniestro y la determinación del pago que corresponda, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la entrega de los recaudos inicialmente solicitados. El Asegurado tendrá un lapso de quince (15) días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la solicitud, para entregar los nuevos recaudos solicitados.


